El 10 de noviembre de 2022 se ha presentado una enmienda a la Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales energético y entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, por la que se introduce el nuevo Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

A continuación, detallamos brevemente características del mismo y los aspectos más relevantes:

Definición del Impuesto:

El impuesto se define como un tributo de carácter directo, naturaleza personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 euros.

Cuota a ingresar del Impuesto sobre el Patrimonio:

De la cuota resultante el sujeto pasivo podrá deducir la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio del ejercicio efectivamente satisfecha. En caso no resultar cuota a ingresa no se debe presentar el Impuesto.

Aspectos relevantes:

  • El impuesto no podrá ser objeto de cesión a las Comunidades Autónomas.
  • Los contribuyentes que residan en Comunidades Autónomas en las que el Impuesto de Patrimonio este bonificado y tengan un patrimonio neto de cuantía superior a 3.000.000 euros, soportaran esta nueva figura que inicialmente se estipula como temporal.
  • El plazo del impuesto será aplicable en los dos primeros ejercicios en los que se devengue a partir de la fecha de su entrada en vigor. Es decir, en caso de aprobarse antes de finales de este año, se pagará por los años 2022 y 2023. Sin embargo, el Gobierno al término del periodo de vigencia de este nuevo impuesto, efectuará una evaluación de los resultados y estudiará su mantenimiento o supresión.

Dado que se marca un mínimo exento de 700.000 euros solo tributaran efectivamente aquellos contribuyentes que, teniendo un patrimonio superior a 3.700.000 euros residan en una Comunidad Autónoma que tenga el Impuesto sobre el Patrimonio bonificado o aquellos que residan en una Comunidad Autónoma que tenga una escala autonómica inferior a la escala que se apruebe para dicho impuesto.

Sin otro particular, quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración al respecto.