Tres recientes sentencias de los juzgados de lo mercantil nº 2 y nº 3 de Valencia han dado la razón a nuestros clientes en procedimientos frente a las Multinacionales europeas Volvo, Renault y FIAT (Iveco). Las sentencias ordenadas por los Juzgados de lo Mercantil de Valencia, condenan a los fabricantes a pagar una compensación equivalente al 5% del precio de adquisición de los vehículos.
El procedimiento, deviene después de que la Comisión Europea, mediante Decisión de Julio de 2017 que publicó el 6 de abril de 2018, multase en cerca de 3.000 a MAN, Volvo-Renault, Iveco, Daimler-Mercedes y DAF (Scania es la única que ha recurrido la Decisión) por acordar aumentar los precios de los camiones y transmitir el coste de implementación de las nuevas tecnologías.
Se interpusieron así acciones follow-on para el resarcimiento de los daños provocados a los transportistas con la compra de los vehículos, partiendo de la base de la vinculación de los tribunales a lo declarado y probado mediante decisión firme del organismo europeo.
Varona es uno de los principales despachos a nivel nacional que en aplicación privada del Derecho de la Competencia solicita el resarcimiento de daños y perjuicios a favor de los afectados, esto es, los adquirentes de vehículos cartelizados que solo en la Comunidad Valenciana se estima que alcanza los 22.000 camiones.
El ejercicio de acciones follow on claims en el caso concreto es una materia de una enorme complejidad tanto por el poco acervo jurisprudencial hasta la fecha cómo, por las características del cartel y la dificultad de acceso a datos para estimar el daño. En efecto, el Cartel lo integraron los fabricantes que se reparten toda la cuota de mercado, duró 14 años, se inició hace más de 20 años y abarcó todo el Espacio Económico Europeo lo que redunda en las dificultades de cuantificar el daño.
Por ello consideramos, y así lo ha entendido los jueces de lo mercantil de Valencia, son básicas para la resolución del caso la interpretación de las normas civiles españolas conforme a los principios inspiradores de la normativa de daños a nivel europeo desarrollados desde el pasado siglo por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Hablamos de los Principios de Efectividad y Equivalencia en orden a que las normas no se deben formular, aplicar ni interpretar de manera que en la práctica, resulte imposible o excesivamente difícil el ejercicio del derecho a resarcimiento garantizado por el TFUE, o de modo menos favorable que las aplicables a acciones nacionales similares.
Tras la transposición en un nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 2014/104/ UE, relativa a determinadas normas por las que se rigen las acciones por daños en virtud del Derecho nacional, por infracciones del Derecho de la competencia de los Estados miembros y de la Unión Europea Texto pertinente a efectos del EEE, así como por la incesante actividad de la Comisión Europea y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el desmantelamiento de Carteles, se prevé que estemos ante un nuevo campo de batalla, el de la aplicación privada del derecho de la competencia, que entre los organismos públicos, el Poder Judicial y la Abogacía debemos de instituir y desarrollar.