El pasado 1 de enero se inició el plazo de presentación de la Declaración Informativa de los bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720) y la Declaración Informativa sobre monedas virtuales en el extranjero (modelo 721). Consideramos de interés el presente documento en el que se recogen los aspectos más relevantes en cuanto a su contenido, periodicidad y la modificación del régimen sancionador del modelo 720 a través de la Ley 5/2022, de 9 de marzo de 2022, mediante la cual se eliminaron los aspectos de la regulación que fueron declarados contrarios al Derecho de la Unión Europea por sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 27 de enero de 2022.
Entradas recientes
- Phishing bancario: el TJUE obliga a devolver de inmediato el dinero aunque el banco alegue negligencia grave del cliente
- ¿Anulada una providencia de apremio debe devolverse recargo y principal?
- Llaman a la puerta, es Inspección: el TEAC avala exigir información fiscal digital a pesar de encontrarse dentro de un domicilio constitucionalmente protegido
- Las nuevas reglas, por el momento, del arrendamiento de vivienda
- CIRCULAR 12/2026: Memorándum de obligaciones fiscales periodo 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026
- ¿Pagar de más sale caro? El TEAC se pronuncia sobre las consecuencias de ingresar una cantidad superior a la deuda tributaria.
Menú Varona Support
