Así lo dice el Servicio de Reclamaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores en un reciente informe, emitido a petición nuestra, relativo al cobro de una comisión a una empresa cliente de nuestro despacho por parte de su banco de más de 20.000 euros, derivada de una operación de venta de un fondo de inversión.

Tras analizar la situación, la CNMV concluye que la entidad bancaria “ha cometido una mala práctica al no haber quedado acreditado que en el proceso de tramitación de la orden de reembolso a través de la banca a distancia le hubieran proporcionado información relativa a la comisión de reembolso que le aplicarían tras su ejecución”.

Si bien la entidad bancaria se encontraba legitimada para el cobro de la comisión aplicada, al contemplarse la misma en el folleto informativo del fondo de inversión, el Servicio de Reclamaciones de la CNMV considera que “en virtud de los principios de diligencia, de profesionalidad y de actuar en el mejor interés del cliente que han de presidir la actuación de las entidades, unido a la obligación de que las entidades informen sobre todos los costes y gastos reales antes de cursar una orden, estas deben advertir a los clientes de forma explícita cuál es la comisión o los gastos reales que les van a aplicar antes de realizarse la operación”.

Y es que el banco no informó al cliente del importe de la comisión que se le iba a aplicar por la operación antes de que éste ejecutara la orden de reembolso a través del servicio de banca a distancia, sin que apareciera ningún tipo de advertencia durante el proceso al respecto, sino que únicamente le facilitaron la información con posterioridad a la ejecución de la orden mediante el correspondiente boletín de la orden de reembolso, siendo este un documento emitido una vez ejecutada la orden, y no antes.

Como podemos ver, no son únicamente los consumidores quienes pueden obtener pronunciamientos favorables contra los abusos de la banca, sino que en esta ocasión es una mercantil quien se ha visto afectada, y así lo ha reconocido la CNMV.

Si te has visto afectado por una mala práctica bancaria, consúltanos tu caso.