Los Tribunales de Justicia, de forma mayoritaria, están manteniendo como criterio que las cuotas participativas de la CAM, son un  producto de inversión complejo, dado que son de renta variable, como las acciones, cuyo valor depende de múltiples factores y no conceden derechos políticos, no conceden derecho de asistencia, ni tampoco de voto en la Asamblea General.

Así, cuando un cliente adquiere un producto financiero, debe ser informado por el banco, antes de la perfección del contrato, sobre los riesgos que comporta la operación especulativa de que se trate, y entre otros, de los siguientes asuntos:

a) Los riesgos conexos a ese tipo de instrumento financiero, incluida una explicación del apalancamiento y de sus efectos, y el riesgo de pérdida total de la inversión.

b) La volatilidad del precio de ese tipo de instrumento financiero y cualquier limitación del mercado, o mercados, en que pueda negociarse.

c) La posibilidad de que el inversor, asuma, además del coste de adquisición del instrumento financiero en cuestión, compromisos financieros y otras obligaciones adicionales, incluidas posibles responsabilidades legales, como consecuencia de la realización de transacciones sobre ese instrumento financiero.

d) Cualquier margen obligatorio que se hubiera establecido u otra obligación similar aplicable a ese tipo de instrumento

Todo ello unido, al deber de la entidad, de recabar los test de conveniencia e idoneidad.

Como se ha podido comprobar durante los últimos años, las entidades financieras han comercializados productos, en ocasiones, abusando de la confianza depositada por los clientes en los bancos. Una circunstancia que ha provocado que los clientes hayan perdido sus ahorros.

Cada vez asistimos con mayor frecuencia a pronunciamientos judiciales que estiman de forma mayoritaria, las demandas que presentan los clientes para recuperar el dinero invertido y que han perdido como consecuencia del engaño sufrido.

La sentencia de 18 septiembre de la Audiencia Provincial de Valencia avala el criterio sostenido por los inversiones para recuperar el dinero invertido en productos financieros que sean calificados como complejos, y en este caso concreto, de las cuotas participativas de la CAM.

Desde Varona, ponemos a su disposición a profesionales especialistas que le pueden orientar y asesorar en la mejor forma para recuperar el dinero perdido en productos financieros complejos.