El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, publicado en el BOE el 24 de diciembre de 2025, introduce una medida tributaria en el Reglamento del IVA que permite, de forma extraordinaria, renunciar al SII (llevanza de libros registro en la sede de la AEAT) y/o solicitar la baja en el REDEME para 2026. El plazo habilitado es del 25 de diciembre de 2025 al 31 de enero de 2026.
Esta medida se adopta tras el Real Decreto-ley 15/2025, que prorrogó a 2027 la entrada en vigor de Verifactu, pero no resolvió la situación de quienes se habían acogido voluntariamente al SII o al REDEME para quedar dispensados de adaptar sus sistemas a Verifactu desde el 1 de enero de 2026. Con el nuevo RDL se busca, según la norma, “devolver” a los contribuyentes al marco previo al RDL 15/2025.
El RDL 16/2025 supone una excepción a los plazos ordinarios (limitados al mes de noviembre) previstos en el Reglamento del IVA para estas opciones, ya vencidos cuando se aprobó el RDL 15/2025. Aunque no se indica expresamente, al remitirse a esos artículos, se entiende que la renuncia/baja se tramita mediante declaración censal (modelo 036), y la medida deberá convalidarse en el Congreso en enero.
NOTA FISCAL: Ampliación extraordinaria del plazo de solicitud de renuncia al SII y al REDEME








