Debido a la coyuntura económica actual y al incremento de la morosidad que se viene produciendo, aprovechamos para volver a recordar aquellos supuestos en los que puede reducir la base imponible del IVA, cuando el destinatario de las operaciones no haya hecho efectivo el pago de las cuotas repercutidas teniendo en cuenta las últimas novedades introducidas por el R.D. 828/2013, de 25 de octubre.
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