La revista Economía 3 se ha hecho eco de la noticia que contamos en este blog a final de julio: el Tribunal Supremo ha anulado el artículo que establecía la obligación de los intermediarios (especialmente las plataformas colaborativas) de viviendas turísticas de informar sobre todas las operaciones. La publicación titula así: “Hacienda se queda sin las sustanciosas informaciones de las viviendas turísticas” y recaba la opinión de Varona legal & Numbers sobre el tema.

La noticia de Economía 3 explica que “las plataformas de viviendas turísticas han quedado liberadas de remitir al Ministerio de Hacienda los datos de sus inquilinos y sus inmuebles cada tres meses. El pasado 23 de julio, el Tribunal Supremo falló a favor de la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital) y declaró nulo el artículo 54 ter del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, introducido en 2017, por un defecto de forma… Ahora si Hacienda quiere cruzar datos deberá empezar desde cero y consultar a Europa tal y como le indica el TS.”

El abogado de nuestro despacho Rafael Fuentes explica para Economía 3 que este proceso supone un tiempo mínimo de seis meses: “Para que la norma vuelva a tener efectos, el Poder Legislativo deberá redactarla de nuevo y su tramitación deberá ser comunicada a la Comisión Europea como era preceptivo en Aplicación de la doctrina STJUE 19 dic. 2019 obligación de notificar bajo la Directiva 1535/2015″. De esta manera, “la sentencia de la Sala Tercera afecta a las relaciones entre el intermediario (plataformas como Airbnb) y Hacienda, y en concreto, en las obligaciones que está segunda le imponía a la primera”, apunta el letrado de Varona Legal & Numbers.

Economía 3 explica que esto afecta a “más de medio centenar de datos donde la empresa, el inmueble y el inquilino quedaba perfectamente identificados, así como las cantidades económicas. Esta información facilitaba a Hacienda el conocido cruce de datos”.  tal y como refleja el anexo de la Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, por la que se aprueba el modelo 179, publicada en el BOE del 30 de mayo de 2018. Según datos de Turisme de la Comunitat Valenciana de 2019, disponía de un registro actualizado de 81.000 pisos turísticos.