Muy Sres. nuestros,
Esperando que sea de utilidad les adjuntamos la siguiente circular sobre las sanciones que aplica el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas -conforme al procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas (artículo 283)- por no presentar las cuentas anuales y cuya multa puede oscilar entre los 1.200 a 60.000 euros.
PRIMER AÑO DE SANCIONES POR NO PRESENTAR LAS CUENTAS ANUALES