La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, en sentencia del pasado  21 de noviembre, considera que las cláusulas que imputan al prestatario los gastos de tasación y los aranceles notariales y registrales son abusivas. Mantiene, no obstante, que el Impuesto de Actos jurídicos Documentados, acorde a la normativa tributaria vigente, ha de pagarlo el consumidor.

Analizamos aquí los aspectos relativos a este asunto.